viernes, 26 de noviembre de 2010

Requisitos para Ingresar a España (Información Oficial)

De mi mayor consideración:

A continuación le voy a copiar la Ley de Ingreso respectiva para que de esta manera tenga Ud. los conocimientos necesarios para saber los requisitos que hay que reunir para ingresar a España como Turista.-

Cordiales saludos, María Angélica Vallejos – INFORMACIÓN-


Requisitos de entrada en territorio español para una estancia que no exceda los tres meses en un periodo de seis
Art. 5 del Código de Fronteras Schengen / Art. 25 de la Ley de Extranjería / Arts. 4 y sigu. del Reg. de Extranjería
Para entrar en territorio español para una estancia que no exceda de tres meses en un periodo de seis, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
a. Titularidad del pasaporte o documentos de viaje. El documento debe ser válido durante la totalidad del período de estancia prevista. En el caso de tratarse de un menor de edad y viajar con el Documento Nacional de Identidad, éste deberá ir acompañado de un permiso paterno.
b. Titularidad del correspondiente visado (cuando fuere preceptivo). De tratarse de un visado Schengen, posibilita la circulación por los países que integran el espacio Schengen, no pudiendo por tanto acceder al territorio de Estados que no forman parte de dicho espacio (caso del Reino Unido, Irlanda, Rumania, Bulgaria y Chipre).
c. Justificación del objeto y las condiciones de la estancia y disponer de medios económicos suficientes para su sostenimiento durante el período de permanencia en España.
- Viajes de carácter turístico o privado. Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
  1. Documentos justificativos de los establecimientos de hospedaje durante la duración de su período de permanencia en España como Turista o carta de invitación de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida según lo dispuesto en la Orden PRE/1283/2007, de 10 de mayo, por la que se establecen los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado. En ningún caso, la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada, la misma es gestionada en el Destacamento Policial más próximo dónde reside la persona que lo está invitando y en cuanto esté realizada la misma se deberá enviar a la persona que viaja a España con destino a un domicilio particular para que pueda ingresar con ella.-

  1. Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.
  2. Billete de vuelta o de circuito turístico.
  3. Asistencia Médica Internacional con cobertura de 30.000 euros.
Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada enEspaña, que los fija en 64 euros por día y por persona, en todo caso, un mínimo de 569,97 euros, por persona.
- Viajes de carácter profesional, político, científico, deportivo o religioso o por otros motivos. Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
  1. La invitación de una empresa o de una autoridad para participar en reuniones, convenciones, etc., de carácter comercial, industrial, etc.
  2. Documento que acredite la existencia de relaciones comerciales, industriales, etc.
  3. Tarjetas de acceso a ferias, congresos, convenciones, etc.
  4. Invitaciones, tarjetas de entrada, reservas o programas con indicación, en la medida de lo posible, del nombre del organismo que invita y la duración de la estancia o cualquier otro documento que indique el propósito de la visita
- Viajes de estudios u otro tipo de formación. Se podrá exigir la presentación de alguno de los siguientes documentos:
  1. Documento de matrícula de un centro de enseñanza para participar en cursos teóricos y prácticos de formación.
  2. Certificados relativos a los cursos seguidos.
d. Excepcionalmente, presentación de los certificados médicos exigidos por el Ministerio del Interior, de acuerdo con los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Trabajo e Inmigración, o en aplicación de la normativa de la Unión Europea. La exigencia de estos certificados será difundida, en la medida de lo posible, con suficiente antelación.
e. No estar sujeto a una prohibición de entrada (inscrito en el S.I.S. o en el Registro Nacional). Son causas de prohibición de entrada:
  1. Haber sido previamente expulsado o devuelto por España o algún Estado Schengen.
  2. Tener prohibida la entrada de forma expresa por actividades contrarias a los intereses de España o a los derechos humanos o por su notoria conexión con organizaciones delictivas.
  3. Estar reclamados internacionalmente por causas criminales.
f. No suponer un peligro para la salud pública, el orden público, la seguridad nacional o las relaciones internacionales de España o de otros Estados con los queEspaña tenga un convenio en tal sentido.
g. No haber agotado 3 meses de estancia en 6 meses anteriores que se cuentan desde la fecha de la anterior entrada, (art. 20.1 Schengen y art. 30 Ley).

IMPORTANTE:

Sr. Martín López:

La Ley especifica como obligatorio la reserva de todos los Alojamientos mientras dure su período de estancia en España como Turista o,  así también una Carta de Invitación Legal, la misma la tiene que tramitar la persona que lo está a  Ud. invitando, se tiene que dirigir al Destacamento Policial más próximo dónde vive en España y ahí la gestionará y ahí se la entregaran para que de esta manera se la envíe a Ud. por correo dado que al ser Legal no admite copia alguna.-

Una cosa o la otra la tiene que llevar porqué tiene Ud. que justificar la reserva de sus Alojamientos mientras esté en España como Turista, no tiene opciones al respecto, tengo entendido, por lo que me cuentan las personas que la misma tiene un sellado de casi cien euros y que además tarda entre veinte y treinta días en ser gestionada, por lo tanto esto le dará a Ud. que pensar.-

Reitero la reserva la tiene que llevar, no tiene opciones.-

Esperando que pueda Ud. resolver su inconveniente me despido muy cordialmente, María Angélica Vallejos – INFORMACIÓN –


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